- Disponer de la correspondiente autorización para la instalación, ampliación o reforma de industrias potencialmente generadoras de residuos.
- Colaborar con la Administración en las tareas de vigilancia y control de la actividad productora.
- Envasar, etiquetar y almacenar los residuos conforme a lo establecido en la legislación.
- Llevar un libro registro de los residuos producidos en le que se incluya la frecuencia de recogida del residuo y medio de transporte.
- Inscribir la empresa en el Registro de pequeños productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos (producción anual de residuos de esta naturaleza inferior a 10 toneladas).
- Realizar la declaración anual de Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos y entregarla a la Comunidad Autónoma antes del día 1 de marzo de cada año.
- Comunicar inmediatamente a la Administración la desaparición, pérdida o escape de residuos.
- No abandonar, verter o realizar depósitos incontrolados de residuos.
- Separar adecuadamente los residuos cuya mezcla suponga un aumento de peligrosidad o de dificultad de tratamiento.
- Los productores de residuos tóxicos y peligrosos deberán elaborar cada cuatro años como máximo, y remitir a su Comunidad Autónoma un estudio de minimización de dichos residuos, comprometiéndose a reducir su cantidad en la medida de sus posibilidades.
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