LA FISCALÍA INICIA DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN PENAL ANTE LA PRESUNTA COMISIÓN DE UN DELITO CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
Los hechos denunciados en la Pobla de Benifassà, consistentes en la construcción de un parking no autorizado, incumplen la normativa recogida en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de la Tinença de Benifassà. Además afectan al ámbito territorial del Lugar de Interés Comunitario (LIC) “Tinença de Benifassà, Turmell i Vallivana” y a la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Tinença de Benifassà-Turmell” pertenecientes a la Red Natura 2000 y protegidos por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (CAPITULO III. Espacios Protegidos Red Natura 2000).
LA ZONA TRANSFORMADA SE SITÚA JUSTO AL LADO DE DONDE SE HA PREVISTO UNA URBANIZACIÓN
El polémico planeamiento municipal propuesto por el municipio, objeto de fuerte oposición vecinal y ecologista, prevé la urbanización de una amplia zona junto al lugar denunciado, la Font de Sant Pere, zona que además sufrió un incendio. Tras el incendio intencionado (según datos de la Conselleria) del 2001 se pretende ahora construir en la zona arrasada por el incendio 240 adosados. De ser esto aprobado por la Conselleria ésta, además de ignorar la legislación medioambiental que regula el Parque Natural, la ZEPA y LIC, incumpliría la Ley Forestal y la Ley de Suelo No Urbanizable que impide reclasificar toda aquella zona clasificada como forestal y no urbanizable que haya sufrido un incendio forestal.
De todas formas, quemar y posteriormente urbanizar puede obtener el sello verde de la Conselleria; tiempo al tiempo.
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